¿Acosado por las deudas?

Protege tus bienes ante embargos injustos

Entendemos la angustia y la incertidumbre que genera la posibilidad de perder tus pertenencias debido a una deuda que no te corresponde o por un procedimiento judicial excesivo. Si un receptor judicial ha llegado a tu domicilio para embargar bienes que no pertenecen al deudor, o que simplemente están en tu poder pero no bajo su propiedad, la ley te entrega una herramienta fundamental: la Tercería de Posesión

Es una acción judicial mediante la cual una persona (el tercerista) se interpone en un juicio ejecutivo iniciado contra otra (el deudor), para reclamar que los bienes embargados o próximos a embargarse le pertenecen a él y no al deudor.

Su objetivo principal es detener el embargo y lograr que el tribunal ordene el alzamiento de la medida, protegiendo así tu patrimonio personal frente a deudas de terceros (como ex arrendatarios, familiares o personas que no residen en tu domicilio).

Es fundamental actuar con rapidez. Puedes y debes presentar una tercería si:

  • Embargaron bienes que son tuyos: El receptor judicial embargó artículos en tu casa que te pertenecen, pero el juicio es contra otra persona.
  • El deudor ya no vive contigo: Aunque el deudor haya vivido en tu domicilio, los bienes actuales son de tu propiedad.
  • Existe confusión de propiedad: Se pretende pagar una deuda ajena con tus bienes personales.

El plazo para presentar esta acción es breve. Una vez efectuado el embargo, el tiempo corre en tu contra. La rapidez es el factor determinante para evitar que los bienes sean retirados de tu propiedad.

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